¿En qué consiste?
Es un aporte monetario de libre disposición que se entrega a los estudiantes de ascendencia indígena. Para la educación básica es de $90.694, para la educación media es de $186.950, y para la educación superior es de $588.460.
¿Cuál es su objetivo?
Facilitar el acceso al sistema educativo de los estudiantes indígenas.
¿A quiénes está destinado?
A estudiantes de ascendencia indígena de educación básica, media y superior que presentan buen rendimiento académico y una situación socioeconómica vulnerable.
¿Cómo se postula?
En la educación básica y media, se postula en los Departamentos Sociales de las Municipalidades y/o Departamentos de Educación Municipal correspondiente al domicilio familiar del postulante.
En la educación superior, se postula en las Direcciones de Asuntos Estudiantiles de cada organismo de educación superior. En caso de no contar la institución con asistente social, se deberá postular en el Departamento Social de la Municipalidad correspondiente al domicilio familiar.
¿Cuáles son los requisitos?
Ser hijo de padre o madre indígena, cualquiera sea la naturaleza de su filiación, inclusive la adoptiva. Ser descendiente de las etnias indígenas que habitan el territorio nacional, siempre que posean al menos un apellido indígena. Un apellido no indígena será considerado indígena, si se acredita su procedencia indígena por tres generaciones. Los que mantengan rasgos culturales de alguna etnia indígena, en este caso será necesario que se auto identifique como indígena y que esta condición sea certificada por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI).
Cursar desde el segundo ciclo de educación básica (5º básico). Tener como mínimo una nota promedio de 5.0 en educación básica y media y de 4.5 en educación superior.
Acreditar una situación socioeconómica deficiente que justifique la necesidad del beneficio.
¿Dónde se renueva?
Educación básica y media, en los Departamentos Sociales y/o Departamentos de Educación Municipal correspondiente al domicilio familiar del renovante.
Educación superior, en las Direcciones de Asuntos Estudiantiles de cada organismo de Educación Superior. En caso de no contar la Institución con Asistente Social, se deberá renovar en el Departamento Social de la Municipalidad correspondiente al domicilio familiar.
Tienen derecho a renovar todos los estudiantes que habiendo tenido la beca el año anterior no cambian de nivel educacional.




























